jueves, 18 de noviembre de 2010

SEMINARIO 1

En este primer seminario hemos abordado un tema muy interesante que hace referencia a una de las salidas profesionales de nuestra carrera. Este es el tema de la acogida o acogimiento familiar.
El acogimiento es una medida alternativa al ingreso o permanencia de los menores en los centros de acogida, es decir, con esta medida se intenta evitar la institucionalización de los menores.

Se tiende a pensar que la acogida es una medida que se lleva a cabo en un menor cuando está en situación de riesgo en su núcleo familiar, pero esto no es así, ya que según la ley 1/1996, la institución en este caso debe abordar la situación de riesgo y eliminarla dentro del núcleo familiar, para así evitar la separación del menor, es lo que se conoce como EFT.
Para que se dé la acogida, o el proceso de acogida, el menor en realidad debe estar en situación de desamparo, y esto es, una situación que se produce debido al incumplimiento o el inadecuado ejercicio de los deberes de protección según lo establecido por las leyes para la guarda de los menores. Son consideradas situaciones de desamparo, aquellas recogidas por la ley 1/1998, de 20 de abril, de los derechos y atención del menor.

El acogimiento es promovido por la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social.
Una vez iniciado este proceso la tutela del menor es asumida por la Delegación de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social, debido a esa situación de desamparo del menor. La guarda administrativa es asumida por la JA sólo en el caso de que los padres lo soliciten por determinadas circunstancias.

Existen dos formas de acogimiento familiar, el simple, el cual se basa en un acogimiento por un espacio de tiempo corto, y dentro del cual se encuentra el acogimiento de urgencia, que se da en situaciones como su propio nombre indica, de urgencias, a través de las cuales se pretende que el menor no ingrese en ningún momento en un centro, sino que pase a la familia acogedora, este tipo de acogimiento abarca de los 0 a 6 años, y el máximo de tiempo del menor dentro de la familia acogedora es de 6 meses, pudiéndose prolongar, si la situación lo requiere, tres meses más. El otro tipo de acogimiento es el permanente, y se lleva a cabo cuando el proceso va a darse durante un periodo largo de tiempo ya que se percibe que es casi imposible la vuelta del menor con su familia biológica; se da hasta que el menor cumple la mayoría de edad.
Pueden ser acogidos los menores no emancipados y los mayores de 12 a través de su consentimiento.

El tipo de acogida puede ser administrativa (los padres prestan su consentimiento para que se lleve a cabo este proceso) o judicial (los padres no prestan su consentimiento y el proceso es aplicado por la entidad pública).
El cese del acogimiento se produce a través de decisión judicial, por decisión de la familia acogedora, por decisión de la entidad pública, a petición de los padres que no tengan suspendida la patria potestad o a petición de los menores mayores de 12 años.
No todas las personas que lo deseen pueden acoger, ya que se necesitan una serie de requisitos, tanto comunes, como dependiendo del tipo de acogimiento:
-SIMPLE: acepta la temporalidad del acogimiento, aceptar familia biológica activa.
-PERMANENTE: situación sin límite temporal predeterminado, ausencia de expectativas de adopción, ausencia de previsión de retorno y aceptar la relación del menor con su entorno.
-DE URGENCIA: aceptar a menores de entre 0 a 6 años, estar disponibles las 24 horas.

El acogimiento familiar no pretende una retirada total del menor de la familia biológica, sino que busca que siga manteniendo contacto con ésta a través de una serie de sesiones se seguimiento, ya que es importante que el menor siga manteniendo vínculos con su familia biológica, ya que se supone que los padres se están rehabilitando, es decir, preparando para volver a tener al menor consigo, además de que el menor no puede estar aislado, debe conocer su verdadera situación.

Al principio del acogimiento, el trabajador social, y en muchas ocasiones el psicólogo también, regulan la visita y el tratamiento del menor con la familia biológica, pero es idóneo que poco a poco la familia de acogida y la familia biológica puedan ser capaces de coordinarse para llevar a cabo estos encuentros y así ya no sea necesaria la intervención del trabajador social en todas las sesiones.
Se hace también, por lo tanto, un seguimiento del acogimiento. Se hace semestralmente, realizando informe hasta los tres años. Deben hacerse informes sociales, sanitarios y educativos ya que debe llevarse un correcto seguimiento de la situación del menor.
En cuanto al interior de la situación de acogida, es decir, en cuanto a la relación de la familia de acogida con el menor, debe darse del modo más normalizado posible, ya que lo mejor para el menor es conseguir una situación de apego, es decir, conseguir crear en el menor lazos afectivos, que se consideran perdidos en cierto modo al ser retirado el menor de su familia biológica. Esta separación da lugar a una serie de circunstancias psicológicas en el menor como la inseguridad, la incapacidad de establecer relaciones afectivas con otros…
Por lo tanto, la relación cuidador-niño debe ser a través de una comunicación cálida, con interacciones placentera entre ambos, dejando cierta autonomía según la edad…

El apego es algo muy importante por el niño, por lo que debe llevarse a cabo con sumo cuidado y dedicación, para que no se dé lugar una situación de apego evitativo, en la cual el niño acaba presentando conductas de evitación, interacciones negativas, se vuelve fácil de irritar, solitario…
Hay que vitar además, que se desarrollo un apego desorganizado, ya que esto impedirá, en cierto modo, un correcto desarrollo de los reencuentros con la familia, ya que el menor, actuará con conductas evitantes, lo que hará más difíciles estos momentos.
Cabe destacar que todas estas conductas que se dan según el tipo de apego, son percibidas por la conducta del niño ante determinadas situaciones y lo que da lugar a determinadas conductas en sus cuidadores, por ejemplo, las madres con niños con apego evitativo, evitan el contacto físico con el niño, o los cuidadores de bebes con apego desorganizado, los cuales tienden a llevar a cabo actuaciones de maltrato.


Para finalizar con la exposición de este primer seminario, me gustaría terminar destacando ciertos aspectos tratados en él que son importantes desde mi punto de vista y los cuales me han resultado más atrayentes.
En primer lugar, destacar el gran número de niños que se encuentran en centros de acogida en Andalucía, que alcanza la cifra de 3.625, esto se da debido al poco número de familias de acogida existentes, con lo cual, a pesar de que esta medida es muy favorable para el menor, no puede ser llevada a cabo en la medida de lo que verdaderamente se pretende. Me gustaría destacar que la acogida es beneficiosa tanto para el acogido como para la familia acogedora, ya que tanto la familia hace aportaciones muy favorables al menor como viceversa, pero que esto no es tan conocido por la sociedad, por lo que la acogida solo se percibe como “criar a un niño un determinado tiempo para que luego te lo quiten a ti”. Esta es una concepción que apareció en clase durante el debate del seminario y la cual me gustaría tachar de inapropiada, sobre todo viniendo de futuros educadores y trabajadores sociales, porque a mi parecer, si nosotros somos los que primeramente pensamos de este modo, y promovemos en cierto modo este pensamiento, cómo vamos a poder trabajar con estos casos confiando plenamente en su funcionamiento.
En segundo lugar hacer referencia al proceso para que una familia se convierta en familia de acogida, el cual me parece muy adecuado, ya que la familia antes debe pasar una serie de pruebas de idoneidad. Esto es según mi punto de vista lo más correcto, ya que no es apropiado que el menor sea derivado a una familia la cual no cumple unos requisitos mínimos, porque estaríamos convirtiendo en cierto modo, la situación del menor en un círculo vicioso.
Para terminar, destacar que en este proceso lo más importante y el núcleo de la intervención es el menor, por lo que todas las actuaciones llevadas a cabo deben ser siempre en pro de éste; con esto justifico la importancia de que el menor siga manteniendo relación con su familia biológica durante toda la acogida, para que éste sea consciente de donde proviene y del porqué de su situación.

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